A NUESTROS CLIENTES
En atención a lo
dispuesto en el Artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 001-2014, la porción
libre de la CTS estará disponible una vez que el empleador comunique a la
entidad financiera depositaria el importe intangible correspondiente a cada
trabajador calculada sobre cuatro remuneraciones brutas. Para tal efecto, se
deberá considerar el monto de la última remuneración del trabajador.
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