jueves, 17 de julio de 2014

COMUNICADO DE ASBANC.

A NUESTROS CLIENTES

En atención a lo dispuesto en el Artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 001-2014, la porción libre de la CTS estará disponible una vez que el empleador comunique a la entidad financiera depositaria el importe intangible correspondiente a cada trabajador calculada sobre cuatro remuneraciones brutas. Para tal efecto, se deberá considerar el monto de la última remuneración del trabajador.

SAN ISIDRO, JULIO DE 2014

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