BANCA
EUROPEA: ¿LA UNIÓN HACE LA FUERZA?
En
los últimos meses se ha comentado mucho sobre el logro de consenso y de
avances clave para dar lugar a una Unión Bancaria en Europa. En el presente
artículo analizaremos brevemente en qué consiste dicha unión y qué
implicancias tendrá en el futuro económico del bloque europeo.
Antecedentes
En
las últimas décadas los servicios bancarios han mostrado una expansión muy
importante a nivel mundial y Europa ha sido un actor crucial de este
desarrollo. Así, en muchos de sus estados miembros, grupos bancarios que
tienen su sede establecida en otro estado miembro han alcanzado una cuota de
mercado significativa, y la influencia geográfica de éstos ha crecido mucho
tanto dentro como fuera de la Zona Euro.
Las
recientes crisis internacionales han mostrado que los problemas financieros
en un país o región fácilmente afectan a otros países o regiones. La Zona
Euro se ha visto particularmente afectada por este contexto, tomando en
cuenta que no se aplican las mismas reglas de supervisión bancaria para todos
sus miembros. Es decir, ha quedado demostrado que la fragmentación del sector
financiero europeo es incompatible con el manejo de una política monetaria
única, y por ende con el Euro.
El
Banco Central Europeo (BCE) se creó con la finalidad de administrar la
política monetaria de los ahora 18 miembros de la Eurozona. Sin embargo, en
el transcurso de los últimos años las autoridades de dicho bloque concluyeron
que era necesario que el BCE también vele por la buena salud del sistema
financiero de la región. Sin embargo, en este caso debía hacerse unificando
los criterios regulatorios que los distintos estados miembros poseen e
integrando las responsabilidades de supervisión de éstos.
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Mecanismo Único de Resolución Bancaria.
Cuando se identifique a una
institución financiera en problemas, se realizará una recapitalización
interna, cuyo procedimiento está detallado puntualmente en el Mecanismo Único
de Resolución Bancaria. De esta manera, se establece que serán los acreedores
y accionistas de una entidad los que deberán rescatarla y no el erario
público, como ha sido en muchos casos hasta ahora.
Así, se crea un Consejo de
Resolución único para gestionar el cierre de bancos. Este órgano, dispondrá
de un Fondo de Resolución común –alimentado por el sector bancario- de €
55,000 millones (cerca de US$ 75,400 millones).
Entonces, si un banco es
declarado insolvente tendrá que rescatarse a sí mismo, al menos, cubriendo
como mínimo el 8% de su pasivo con acciones o reservas de capital. No ingresará
dinero del Fondo de Resolución común hasta que el banco cubra esa proporción.
Si le faltara capital para cubrir el porcentaje mínimo requerido, tendrá que
utilizar la deuda de sus acreedores según orden de prelación: de los que
tienen menos derecho a cobrar al que más; hasta llegar al 8%.
El banco podría hacer una “quita”
de deuda (pasivos) hasta llegar incluso a los depósitos de grandes empresas
por encima de € 100,000, la cual será la última frontera. A partir de ahí los
depósitos de menos de € 100,000 euros y la deuda (pasivos) de alta calidad
son intocables y entraría en acción la inyección de dinero del Fondo de
Resolución común. De este modo, se apunta a eliminar la relación perversa
entre rescates bancarios y debilidad fiscal que se ha venido generando en
muchos estados miembros a raíz de la última crisis financiera.
Fondo de Depósitos único
El último de los acuerdos
adoptados en abril último estuvo referido a directivas sobre las garantías de
depósitos, que prevé que los depósitos de los ahorristas estén protegidos en
caso de bancarrota hasta por un monto máximo de € 100,000. En esos casos, los
pagos deberán hacerse en sólo 7 días (actualmente, en la mayoría de países se
cubre depósitos hasta por un monto de € 20,000 y los pagos se hacen en alrededor
de 20 días). Así, los bancos tendrán que aportar un 0.8% de sus depósitos
asegurados en un plazo de diez años, lo que supone € 56,000 millones para las
entidades de la UE. Al menos un 70% de esa aportación deberá ser en efectivo.
Observaciones de cierre
El acuerdo para compartir una
moneda y una política económica común entre las naciones de la Zona Euro
trajo, como sabemos, problemas a cada uno de sus miembros luego de las
recientes crisis internacionales. Éstos alcanzaron tal gravedad, que incluso
llegó a cuestionarse la viabilidad de dicho bloque. La discusión fue
convergiendo hacia la conclusión de que hacía falta dotar a la Unión
Económica y Monetaria de instituciones que la hicieran viable a largo plazo.
Una de estas instituciones sería la Unión Bancaria, la cual ve la luz luego
de un largo proceso de gestación y dura negociación.
Los efectos previstos a partir de
su próxima implementación (en noviembre de 2014), serían bastante
significativos, y previsiblemente muy positivos para los Estados, a raíz del
rompimiento mencionado del círculo vicioso entre crisis bancarias y deterioro
fiscal. A ello se suma también una mejor canalización de la política
monetaria regional (ahora se hablará de bancos europeos, y no de bancos
nacionales). También será beneficioso para los ciudadanos y empresas
europeas, quienes tendrán acceso a un marco de servicios financieros mucho
más amplio.
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Esta variedad de oferta robustecerá el mercado, haciendo más fácil la
contratación de productos y servicios con entidades bancarias de la región.
Consideramos que todas estas medidas deberían redundar en un aumento
de la competencia en el sector bancario europeo y en una mayor confianza en
el mismo, elementos claves para reforzar la tan ansiada pero aún débil recuperación
económica del bloque. En la medida en que estas expectativas se concreten,
habrán demostrado los gestores de esta reforma que, también en un sector
financiero regional, “la unión hace la fuerza”.
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martes, 27 de mayo de 2014
INFORME ELABORADO POR ASBANC SOBRE BANCA EUROPEA.
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