martes, 27 de mayo de 2014

INFORME ELABORADO POR ASBANC SOBRE BANCA EUROPEA.


BANCA EUROPEA: ¿LA UNIÓN HACE LA FUERZA?
En los últimos meses se ha comentado mucho sobre el logro de consenso y de avances clave para dar lugar a una Unión Bancaria en Europa. En el presente artículo analizaremos brevemente en qué consiste dicha unión y qué implicancias tendrá en el futuro económico del bloque europeo.
Antecedentes
En las últimas décadas los servicios bancarios han mostrado una expansión muy importante a nivel mundial y Europa ha sido un actor crucial de este desarrollo. Así, en muchos de sus estados miembros, grupos bancarios que tienen su sede establecida en otro estado miembro han alcanzado una cuota de mercado significativa, y la influencia geográfica de éstos ha crecido mucho tanto dentro como fuera de la Zona Euro.
Las recientes crisis internacionales han mostrado que los problemas financieros en un país o región fácilmente afectan a otros países o regiones. La Zona Euro se ha visto particularmente afectada por este contexto, tomando en cuenta que no se aplican las mismas reglas de supervisión bancaria para todos sus miembros. Es decir, ha quedado demostrado que la fragmentación del sector financiero europeo es incompatible con el manejo de una política monetaria única, y por ende con el Euro.
El Banco Central Europeo (BCE) se creó con la finalidad de administrar la política monetaria de los ahora 18 miembros de la Eurozona. Sin embargo, en el transcurso de los últimos años las autoridades de dicho bloque concluyeron que era necesario que el BCE también vele por la buena salud del sistema financiero de la región. Sin embargo, en este caso debía hacerse unificando los criterios regulatorios que los distintos estados miembros poseen e integrando las responsabilidades de supervisión de éstos.
Mecanismo Único de Resolución Bancaria.
Cuando se identifique a una institución financiera en problemas, se realizará una recapitalización interna, cuyo procedimiento está detallado puntualmente en el Mecanismo Único de Resolución Bancaria. De esta manera, se establece que serán los acreedores y accionistas de una entidad los que deberán rescatarla y no el erario público, como ha sido en muchos casos hasta ahora.
Así, se crea un Consejo de Resolución único para gestionar el cierre de bancos. Este órgano, dispondrá de un Fondo de Resolución común –alimentado por el sector bancario- de € 55,000 millones (cerca de US$ 75,400 millones).
Entonces, si un banco es declarado insolvente tendrá que rescatarse a sí mismo, al menos, cubriendo como mínimo el 8% de su pasivo con acciones o reservas de capital. No ingresará dinero del Fondo de Resolución común hasta que el banco cubra esa proporción. Si le faltara capital para cubrir el porcentaje mínimo requerido, tendrá que utilizar la deuda de sus acreedores según orden de prelación: de los que tienen menos derecho a cobrar al que más; hasta llegar al 8%.
El banco podría hacer una “quita” de deuda (pasivos) hasta llegar incluso a los depósitos de grandes empresas por encima de € 100,000, la cual será la última frontera. A partir de ahí los depósitos de menos de € 100,000 euros y la deuda (pasivos) de alta calidad son intocables y entraría en acción la inyección de dinero del Fondo de Resolución común. De este modo, se apunta a eliminar la relación perversa entre rescates bancarios y debilidad fiscal que se ha venido generando en muchos estados miembros a raíz de la última crisis financiera.
Fondo de Depósitos único
El último de los acuerdos adoptados en abril último estuvo referido a directivas sobre las garantías de depósitos, que prevé que los depósitos de los ahorristas estén protegidos en caso de bancarrota hasta por un monto máximo de € 100,000. En esos casos, los pagos deberán hacerse en sólo 7 días (actualmente, en la mayoría de países se cubre depósitos hasta por un monto de € 20,000 y los pagos se hacen en alrededor de 20 días). Así, los bancos tendrán que aportar un 0.8% de sus depósitos asegurados en un plazo de diez años, lo que supone € 56,000 millones para las entidades de la UE. Al menos un 70% de esa aportación deberá ser en efectivo.
Observaciones de cierre
El acuerdo para compartir una moneda y una política económica común entre las naciones de la Zona Euro trajo, como sabemos, problemas a cada uno de sus miembros luego de las recientes crisis internacionales. Éstos alcanzaron tal gravedad, que incluso llegó a cuestionarse la viabilidad de dicho bloque. La discusión fue convergiendo hacia la conclusión de que hacía falta dotar a la Unión Económica y Monetaria de instituciones que la hicieran viable a largo plazo. Una de estas instituciones sería la Unión Bancaria, la cual ve la luz luego de un largo proceso de gestación y dura negociación.
Los efectos previstos a partir de su próxima implementación (en noviembre de 2014), serían bastante significativos, y previsiblemente muy positivos para los Estados, a raíz del rompimiento mencionado del círculo vicioso entre crisis bancarias y deterioro fiscal. A ello se suma también una mejor canalización de la política monetaria regional (ahora se hablará de bancos europeos, y no de bancos nacionales). También será beneficioso para los ciudadanos y empresas europeas, quienes tendrán acceso a un marco de servicios financieros mucho más amplio.
Esta variedad de oferta robustecerá el mercado, haciendo más fácil la contratación de productos y servicios con entidades bancarias de la región.
Consideramos que todas estas medidas deberían redundar en un aumento de la competencia en el sector bancario europeo y en una mayor confianza en el mismo, elementos claves para reforzar la tan ansiada pero aún débil recuperación económica del bloque. En la medida en que estas expectativas se concreten, habrán demostrado los gestores de esta reforma que, también en un sector financiero regional, “la unión hace la fuerza”.

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